Salvamento Marítimo

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Control y servicios en la mar

Dispositivos de separación de tráfico

 

Dispositivos de separación de tráfico

En el año 1972 se aprobó por la Organización Marítima Internacional el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes, 1972 (COLREG), que entró en vigor en 1977. Una de las innovaciones más importantes de este reglamento fue la importancia que se concedía a los dispositivos de separación del tráfico marítimo (DST).

El establecimiento de los dispositivos de separación de tráfico ha reducido considerablemente el riesgo y el número de accidentes por colisiones y varadas en el tráfico marítimo.

En España existen varios dispositivos de separación de tráfico: Finisterre, Estrecho de Gibraltar, Cabo de Gata, Canarias Oriental y Canarias Occidental, Cabo de Palos y Cabo de la Nao. El DST con mayor Tráfico es Tarifa, seguido por Finisterre y Cabo de Gata.

En determinados DST se ha previsto la obligatoriedad de que los buques notifiquen a los Centros de Coordinación de Salvamento Marítimo su posición a su paso por determinados puntos. De esta forma se puede mejorar la rapidez en la respuesta en caso de que ocurra un accidente o un buque se encuentre en una situación de peligro.

En España existen sistemas de notificación obligatoria en Finisterre y en el Estrecho de Gibraltar. Desde el 1 de diciembre de 2006 en la Zona Marítima Especialmente Sensible de Canarias existe un sistema de notificación obligatoria a la entrada y salida de dicha zona para determinados tipos de buques. En el Cabo de Gata existe un sistema de notificación voluntaria.

Adicionalmente, la implantación de Sistema AIS con cobertura de toda la costa española permite realizar el seguimiento de los buques de forma continua y automatizada. El sistema AIS  envía por radio VHF la información de la posición del buque, su velocidad, identificación y otros detalles.

 

 

Estos sistemas de identificación automática son de gran utilidad en emergencias de Búsqueda y Salvamento (SAR) y también en cualquier otro tipo de accidentes donde, no sólo ayudan a la inmediata identificación del buque en peligro y sus particularidades, sino que también proveen un continuo seguimiento de las unidades aeromarítimas de respuesta a estos eventos.

En aquellos puertos en los que se ubica un Centro de Coordinación de Salvamento, se suelen realizar labores de identificación de los buques a la entrada y salida en sus aproximaciones y salidas del ámbito portuario. Los puertos, tanto por la concentración mayor o menor de tráfico que generan, como por determinados riesgos a la navegación que pueden existir en sus inmediaciones, son áreas de especial consideración.

El control del tráfico marítimo es llevado a cabo por los 19 Centros de Coordinación y Salvamentos  ubicados por toda la costa española, los cuales, controlan en torno a 350.000 buques al año. Adicionalmente, desde los Centros de Coordinación de Salvamento se prestan servicios de información meteorológica y otros avisos de interés para la navegación.

 

 

Dispositivo de Separación de Tráfico de Finisterre

Según la normativa internacional, todos los barcos tienen que reportarse al Servicio de Tráfico Marítimo de Finisterre, al cruzar las líneas de demora 130 a Cabo Villano y 75 a Cabo Finisterre.

Las vías de circulación están (empezando por la más próxima a la costa) a 21,7 millas (40 KM), 28,3 millas (52,4 KM), 35,5 millas (65,7) Km y 39,5 millas (73 Km) de Cabo Finisterre.

Antes del "Prestige" solo existían las dos vías más pegadas a la costa (dirección Norte la más próxima y dirección Sur la otra) para todos los barcos, después del "Prestige" se añadieron las otras dos para mercancías peligrosas a granel.

Dispositivo de Separación de Tráfico del Estrecho de Gibraltar

El Estrecho de Gibraltar es una de las zonas del mundo que soporta una mayor densidad de tráfico marítimo al ser punto obligado de paso para todos los buques cuyas líneas unen los puertos del Atlántico y Norte de Europa con los del Mediterráneo, e incluso los más importantes puertos de las costas de Asia y Golfo Pérsico, a través del Canal de Suez. También hay un número cada vez mayor de transbordadores y naves de gran velocidad que transitan entre los puertos de la península y el norte de África.

Ya a finales de los años sesenta -entró en vigor a principios de 1970-, la Organización Marítima Internacional estableció un Dispositivo de Separación de Tráfico en el Estrecho de Gibraltar para encauzar los flujos de tráfico en las direcciones este y oeste, e incrementar la seguridad de la navegación en la zona. Este ha sufrido ligeras modificaciones a lo largo de los años como, por ejemplo, la delimitación de las zonas de navegación costera.

La construcción y entrada en servicio del nuevo puerto de Tánger-Med situado a dos millas al suroeste de Punta Cires, en la costa norte de Marruecos, ha hecho necesario que España y Marruecos diseñaran conjuntamente una modificación del DST para integrar con seguridad los nuevos flujos de tráfico generados por dicho puerto y fomentar que los buques naveguen extremando la precaución en la zona próxima al extremo oriental del DST.

Esta modificación fue presentada conjuntamente por España y Marruecos a la Organización Marítima Internacional siendo aprobada por el Comité de Seguridad Marítima y entró en vigor el día 1 de Julio de 2007 a las 00.00 UTC (COLREG.2/Circ.58 Anexo 4)

El dispositivo modificado establece dos zonas de precaución, una frente al nuevo puerto de Tánger-Med y la otra entre Algeciras y Ceuta, ello con el objeto de que los buques y embarcaciones extremen la precaución en estas zonas.

 

 

En la zona de precaución frente a Tánger-Med se establecen derrotas recomendadas –no obligatorias- para incorporarse al DST o para abandonarlo, según se navegue desde ó hacia el nuevo puerto. Los buques con origen ó destino en Tánger-Med y con intención de entrar o salir de la vía de circulación Este u Oeste se pueden desviar de las direcciones recomendadas tanto como lo consideren necesario según resulte conveniente debido, por ejemplo, a tráfico conflictivo. De no ser así, estos buques pueden proceder a su destino siguiendo las direcciones recomendadas representadas en las cartas de navegación por flechas de trazos discontinuos.

Es conveniente recordar que, tratándose de un dispositivo aprobado por la OMI, en sus aguas es de aplicación el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes (RIPA) por lo que los buques que utilicen correctamente una vía de circulación no tienen preferencia de paso sobre otros buques con los que se puedan encontrar, ni siquiera sí estos últimos no siguen la dirección de tráfico establecida e infringen la Regla 10 o cualquier otra del Reglamento de Abordajes.

Transitan las aguas del Estrechomás de 70.000 buques al año, de los cuales la mayoría son buques mercantes en dirección Este u Oeste. También circula un importante número de transbordadores y naves de gran velocidad que cubren las líneas regulares de pasajeros y carga rodada entre los puertos de Algeciras, Tarifa, Ceuta y Tánger.

El Centro de Coordinación de Salvamento de Tarifa presta el Servicio de Tráfico Marítimo en el Estrecho de Gibraltar facilitando información a los buques en relación con las condiciones meteorológicas, situación del tráfico y cualquier otra circunstancia relativa a la navegación y que permita al Capitán de un buque tomar en todo momento la decisión náutica más adecuada para realizar un tránsito seguro por estas aguas.

El equipamiento del Centro, radares, AIS y sistemas de comunicaciones, permite realizar un continuo seguimiento del tráfico estando los buques identificados, ya que en la zona está en vigor desde el verano de 1997 un sistema de notificación obligatorio aprobado por la OMI.

Otros dispositivos

Dispositivo de separación de Tráfico de Cabo de Gata

Dispositivo de Separación de Tráfico de Cabo de Palos

Dispositivo de Separación de Tráfico de Cabo de Nao

Dispositivo de Separación de Tráfico de Islas Canarias